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Dobarro & Asociados

Sectores Regulados · Subárea

Abogados de Energía e Hidrocarburos en España

Ley 24/2013, Ley 34/1998, CNMC. Autorizaciones de instalaciones, acceso a la red eléctrica, comercializadoras, defensa ante expedientes sancionadores del regulador y asesoramiento en autoconsumo, comunidades energéticas e hidrógeno verde.

El marco legal del sector energético español

El sector energético es el sector regulado con mayor intensidad normativa en España. Dos grandes leyes estructuran el sistema: la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, que regula la generación, el transporte, la distribución y la comercialización de energía eléctrica, y la Ley 34/1998 de Hidrocarburos, que regula el gas natural, el refino de petróleo y la distribución de carburantes. A estas se suman el RD 1183/2020 sobre acceso y conexión a las redes eléctricas, el RD 244/2019 sobre autoconsumo y la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) es el regulador principal de ambos sectores. Con poderes sancionadores, capacidad de resolución de conflictos entre agentes y competencia para dictar circulares vinculantes, sus resoluciones tienen impacto inmediato en la actividad empresarial. El recurso frente a sus resoluciones se interpone ante la Audiencia Nacional.

La complejidad del sector —normativa estatal, autonómica, europea y resoluciones circulares del propio regulador— hace que la asistencia legal especializada sea determinante tanto en la fase de entrada al mercado como en la gestión del día a día regulatorio y en la defensa ante expedientes sancionadores.

NormaMateria regulada
Ley 24/2013Ley del Sector Eléctrico — regula la generación, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica.
Ley 34/1998Ley de Hidrocarburos — regula el gas natural, la refinería de petróleo, el almacenamiento y la distribución de carburantes.
RD 1955/2000Regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas.
RD 1183/2020Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. Hitos administrativos para instalaciones renovables.
RD 244/2019Condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
Ley 7/2021Ley de Cambio Climático y Transición Energética — neutralidad climática 2050, objetivos renovables 2030, cierre del carbón.
RD 376/2022Criterios de sostenibilidad para combustibles renovables de origen no biológico (hidrógeno verde y derivados, RFNBO).

Servicios en el sector energético

Seis ámbitos de asesoramiento

Cobertura legal en las seis disciplinas con mayor impacto regulatorio para empresas que operan en el sector eléctrico, el gas natural y las energías emergentes.

Autorizaciones de instalaciones

Autorización administrativa previa (AAP), autorización de construcción y autorización de explotación ante el MITECO o la Comunidad Autónoma competente según la potencia. Régimen especial de renovables y régimen ordinario de instalaciones eléctricas. Modificaciones y renovaciones de autorizaciones vigentes.

Acceso y conexión a la red

Solicitudes de permisos de acceso y conexión ante REE (red de transporte ≥220 kV) y distribuidoras zonales (red de distribución). Impugnación de resoluciones denegatorias ante la CNMC. Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Gestión del cumplimiento de hitos del RD 1183/2020.

Comercializadoras eléctricas y gasistas

Habilitación como comercializador: inscripción en el Registro MITECO, garantías operativas y condiciones de acceso al MIBEL. Contratos de suministro y derechos del consumidor (RDL 1/2019). Obligaciones de información periódica a la CNMC. Defensa ante sanciones por prácticas contrarias a la competencia o incumplimientos de información.

Defensa ante la CNMC

Representación en expedientes sancionadores por infracciones a la Ley 24/2013 o la Ley 34/1998: vulneración de derechos del consumidor, incumplimiento de obligaciones de acceso de terceros a la red, prácticas anticompetitivas o incumplimiento de resoluciones del regulador. Recurso ante la Audiencia Nacional y, en su caso, el Tribunal Supremo.

Autoconsumo y comunidades energéticas

Autoconsumo individual y colectivo (RD 244/2019): diseño del acuerdo de reparto, comunicación a la distribuidora, compensación simplificada. Constitución y régimen jurídico de comunidades de energías renovables (CER) conforme a la Directiva RED II (2018/2001) y la Directiva IEM (2019/944). Modelos de gobernanza y contratos intracomunitarios.

Hidrógeno verde

Marco regulatorio del hidrógeno verde (RD 376/2022, criterios RFNBO). Tramitación de autorizaciones de producción y almacenamiento. Acceso a la red de gas para inyección de hidrógeno o gas renovable. Mecanismos de apoyo: CE Hydrogen Bank, ayudas PERTE Hidrógeno Verde. Estructuración legal de proyectos pioneros bajo régimen de autorización singular.

Ley 24/2013 · Ley 34/1998

Régimen sancionador del sector energético

El sector energético cuenta con uno de los regímenes sancionadores más severos del ordenamiento español. Las cuantías son distintas según el subsector y el tipo de infracción.

Sector eléctrico — Ley 24/2013

TipoCuantía de la multaPrescripciónEjemplos de infracciones
Muy grave3.000.001 € – 60.000.000 €5 añosManipulación de precios en el mercado, incumplimiento grave de obligaciones de acceso a la red, suministro sin autorización.
Grave150.001 € – 3.000.000 €3 añosIncumplimiento de obligaciones de información a la CNMC, vulneración de derechos del consumidor, incumplimiento de resoluciones del regulador.
LeveHasta 150.000 €1 añoRetrasos en la presentación de información periódica, defectos formales en contratos de suministro, incumplimientos menores de obligaciones reglamentarias.

Sector gasista — Ley 34/1998

TipoCuantía máximaPrescripción
Muy graveHasta 6.000.000 €5 años
GraveHasta 600.000 €3 años
LeveHasta 60.000 €1 año

Además de las multas, la CNMC puede imponer la suspensión de actividad hasta 5 años y la revocación de la autorización en infracciones muy graves. Las resoluciones sancionadoras son recurribles ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

RD 244/2019 · Directiva RED II · Directiva IEM

Autoconsumo y comunidades energéticas

Autoconsumo individual y colectivo

El Real Decreto 244/2019 distingue entre autoconsumo sin excedentes (instalación no vierte a la red) y autoconsumo con excedentes (instalación puede volcar energía no consumida). En la modalidad colectiva, varios consumidores del mismo edificio o a menos de 500 metros en el mismo municipio comparten la energía generada por una instalación común.

Para instalaciones de hasta 100 kW, la compensación simplificada permite descontar el valor de la energía autoconsumida directamente de la factura eléctrica, sin necesidad de contrato de compraventa de excedentes. Para instalaciones de mayor potencia, se requiere contrato con una comercializadora.

Dobarro y Asociados asesora en el diseño del acuerdo de reparto entre los participantes, la comunicación a la distribuidora, la acreditación ante el distribuidor y la gestión de los posibles conflictos sobre la distribución de la energía generada.

Comunidades de energías renovables (CER)

Las Comunidades de Energías Renovables (CER) son personas jurídicas de base asociativa que agrupan a ciudadanos, pymes, ayuntamientos y otras entidades para producir, compartir, almacenar y vender energía renovable. Su régimen deriva de la transposición de la Directiva RED II (2018/2001) y la Directiva IEM (2019/944).

Los derechos reconocidos a las CER incluyen:

  • Ser titular de instalaciones de generación renovable próximas
  • Compartir la energía producida entre sus miembros sin transferencia de propiedad
  • Acceder a la red de distribución en igualdad de condiciones con otros usuarios
  • Recibir compensación económica por la energía volcada a la red
  • Estar exenta de determinados cargos del sistema para la energía autoconsumida

Prestamos asesoramiento en la constitución de la CER, sus estatutos, el modelo de gobernanza, los contratos intracomunitarios y la relación con los distribuidores y comercializadores.

RD 376/2022 · Estrategia de Hidrógeno IDAE

Hidrógeno verde: marco regulatorio emergente

El hidrógeno verde, producido mediante electrólisis alimentada con energía renovable, es un vector energético estratégico para la descarbonización industrial y del transporte pesado. España tiene un objetivo de 4 GW de electrolizadores para 2030 conforme a la Estrategia de Hidrógeno del IDAE, con una posición geográfica y de recursos renovables que la sitúa como candidata a ser exportadora neta dentro de la UE.

El marco regulatorio se articula en torno al Real Decreto 376/2022, que establece los criterios de sostenibilidad para que el hidrógeno sea certificado como renovable (RFNBO). Estos criterios —adicionalidad de la instalación renovable, correlación temporal y correlación geográfica— determinan la elegibilidad del hidrógeno para los mecanismos de apoyo europeos y nacionales.

Los proyectos de hidrógeno verde se tramitan en la actualidad bajo un régimen de autorización singular que combina la autorización de la instalación de electrólisis (como instalación industrial), el acceso a energía renovable, y la gestión del hidrógeno producido mediante almacenamiento, transporte por carretera o, cuando el volumen lo justifica, inyección en la red de gas natural o en infraestructuras de hidrógeno dedicadas.

El marco regulatorio está incompleto

La regulación específica del hidrógeno verde en España está en construcción. No existe todavía un reglamento integral de almacenamiento, transporte e inyección en red. Los proyectos pioneros deben gestionar la incertidumbre regulatoria desde el inicio de la tramitación.

Criterios RFNBO: la clave para la elegibilidad

Para acceder a los mecanismos de apoyo (CE Hydrogen Bank, PERTE Hidrógeno Verde), el hidrógeno debe cumplir los criterios RFNBO del RD 376/2022: adicionalidad de la fuente renovable, correlación temporal (mensual en 2027, horaria desde 2030) y correlación geográfica (misma zona de oferta).

Inyección en red de gas: autorización de gestora

Si el hidrógeno se inyecta en la red de gas natural (blending o inyección pura), es necesaria la autorización de la gestora de la red gasista y el cumplimiento de los límites de calidad del gas (norma UNE-EN ISO 6976 y especificaciones de Enagas).

“La CNMC inició un expediente contra nuestra comercializadora por un supuesto incumplimiento en la facturación. Dobarro revisó los cargos, identificó un defecto en el procedimiento de inspección y consiguió la nulidad de la propuesta de sanción antes de la resolución final.”

— Director de Cumplimiento, comercializadora eléctrica · España

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Preguntas frecuentes sobre derecho energético en España

¿Qué es la CNMC y qué poderes tiene sobre las empresas energéticas?

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es el regulador independiente del sector energético español, con competencias en electricidad (Ley 24/2013) y gas (Ley 34/1998). Puede instruir y resolver expedientes sancionadores, imponer multas, suspender actividades, revocar autorizaciones y dictar circulares de carácter vinculante. Sus resoluciones son recurribles ante la Audiencia Nacional.

¿Cuáles son las sanciones más graves que puede imponer la CNMC en el sector eléctrico?

Conforme a la Ley 24/2013, las infracciones muy graves se sancionan con multas de entre 3.000.001 € y 60.000.000 €. Además, la CNMC puede ordenar la suspensión de actividades hasta 5 años y la revocación de la autorización. Infracciones graves: 150.001 € – 3.000.000 €. Infracciones leves: hasta 150.000 €. Prescripción: 5, 3 y 1 año respectivamente.

¿Qué es el autoconsumo colectivo y qué normativa lo regula?

El autoconsumo colectivo, regulado por el Real Decreto 244/2019, permite que varios consumidores compartan la energía generada por una misma instalación próxima. Para instalaciones de hasta 100 kW en el mismo edificio o a menos de 500 metros en el mismo municipio, el reparto se formaliza mediante un acuerdo y comunicación a la distribuidora. La compensación simplificada descuenta la energía autoconsumida directamente de la factura eléctrica.

¿Qué obligaciones tienen las comercializadoras eléctricas en España?

Las comercializadoras están habilitadas mediante inscripción en el Registro de Comercializadores del MITECO. Sus obligaciones principales son: adquirir energía en el MIBEL o mediante contratos bilaterales, garantizar el suministro, respetar los derechos de los consumidores (RDL 1/2019), informar periódicamente a la CNMC sobre precios y contratos, y abonar las garantías exigidas por el operador. El incumplimiento de obligaciones de información es el motivo más frecuente de expediente sancionador.

¿Cuál es el marco legal del hidrógeno verde en España?

El hidrógeno verde se rige por el RD 376/2022, que establece los criterios de sostenibilidad para combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO). La Estrategia de Hidrógeno del IDAE fija 4 GW de electrolizadores para 2030. Los proyectos requieren autorización de la instalación de electrólisis, gestión del hidrógeno producido (almacenamiento, transporte) y, si se inyecta en red de gas, autorización de la gestora. El marco regulatorio está en construcción: los proyectos pioneros se tramitan bajo régimen de autorización singular.