Derecho Medioambiental · Subárea
Compliance Ambiental y ESG
CSRD (UE 2022/2464), Taxonomía Verde (UE 2020/852) y Ley 11/2018. El marco regulatorio ESG en Europa obliga a las empresas a medir, verificar y publicar su desempeño ambiental. Asesoramos en cada etapa del proceso.
El marco regulatorio ESG en España y la UE
El compliance ambiental y ESG ya no es voluntario para la mayoría de las empresas medianas y grandes que operan en España. Tres normas de diferente rango —una directiva europea, un reglamento europeo y una ley española— definen hoy las obligaciones de reporting, verificación y alineación con criterios sostenibles.
Directiva UE 2022/2464
CSRD — Corporate Sustainability Reporting Directive
- Obliga a publicar información de sostenibilidad conforme a los European Sustainability Reporting Standards (ESRS)
- Exige doble materialidad: impacto de la empresa sobre el entorno e impacto del entorno sobre la empresa
- Verificación externa obligatoria por auditor o prestador independiente de servicios de verificación
- Sustituye y amplía la NFRD: de +500 empleados a +250 empleados de forma progresiva
- Calendario escalonado: 2024 · 2025 · 2026 · 2028
Reglamento UE 2020/852
Taxonomía Verde
- Clasifica actividades económicas en función de su contribución a seis objetivos medioambientales
- Principio DNSH (Do No Significant Harm): ninguna actividad puede perjudicar significativamente otro objetivo
- Las empresas sujetas al CSRD deben publicar el porcentaje de cifra de negocios, CapEx y OpEx alineados
- Condiciona el acceso a financiación etiquetada como sostenible (bonos verdes, préstamos ESG)
- Criterios Técnicos de Selección (CTS) definidos por reglamentos delegados sectoriales
Ley 11/2018 · Directiva NFRD 2014/95/UE
Información No Financiera
- Obliga a grandes empresas con más de 500 empleados a publicar el Estado de Información No Financiera (EINF)
- El EINF debe cubrir medio ambiente, aspectos sociales y laborales, derechos humanos y anticorrupción
- La omisión del EINF impide la distribución de dividendos durante el ejercicio correspondiente
- La CSRD la irá sustituyendo progresivamente desde el ejercicio 2024
- En España, la Ley 11/2018 modifica el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital
Directiva UE 2022/2464
Calendario de incorporación CSRD 2024-2028
Las obligaciones del CSRD se aplican de forma escalonada según el tamaño de la empresa y su situación respecto a la antigua NFRD. Identifique en qué ejercicio debe cumplir.
| Ejercicio | Primera presentación | Empresas afectadas |
|---|---|---|
| 2024 | 2025 | Grandes empresas ya sujetas a la NFRD: más de 500 empleados y cotizadas en mercados regulados de la UE. |
| 2025 | 2026 | Grandes empresas no sujetas a la NFRD que superen dos de los tres umbrales: más de 250 empleados, más de 40 M€ de cifra de negocios neta, más de 20 M€ de activos totales. |
| 2026 | 2027 | PYME cotizadas en mercados regulados de la UE (excepto microempresas), pequeñas instituciones de crédito no complejas y empresas de seguros cautivas. |
| 2028 | 2029 | Empresas de países terceros no UE con facturación neta en la UE superior a 150 M€ y al menos una filial grande o cotizada o sucursal que supere los 40 M€ de cifra de negocios en la UE. |
Cómo trabajamos
Servicios de compliance ambiental y ESG
Acompañamos a empresas en todas las fases del cumplimiento ESG: desde el diagnóstico inicial hasta la elaboración del informe de sostenibilidad y la coordinación con el verificador externo.
Diagnóstico de obligaciones CSRD
Análisis de si la empresa entra en el ámbito subjetivo del CSRD, en qué ejercicio aplica y qué ESRS son de obligado cumplimiento según su actividad y tamaño.
Implantación de sistemas de compliance ambiental
Diseño e implantación de sistemas de gestión del cumplimiento normativo ambiental: identificación de requisitos legales, procedimientos de control y canales de reporte interno.
Reporting CSRD y elaboración del EINF
Apoyo jurídico en la elaboración del informe de sostenibilidad conforme a los ESRS y del Estado de Información No Financiera (Ley 11/2018). Coordinación con el equipo de verificación.
Análisis de alineación con la Taxonomía Verde
Revisión jurídica de la elegibilidad y alineación de las actividades de la empresa con los criterios técnicos de selección (CTS) y el principio DNSH del Reglamento UE 2020/852.
Gestión de riesgos ambientales y ESG
Identificación de riesgos de incumplimiento ambiental con impacto en el reporting ESG, en el acceso a financiación sostenible o en la cadena de suministro. Planes de mitigación.
Auditoría de cumplimiento ambiental
Revisión del estado de cumplimiento de las obligaciones ambientales aplicables: autorizaciones, permisos, licencias, declaraciones y condicionantes administrativos vigentes.
Preguntas frecuentes sobre CSRD, Taxonomía Verde y ESG
¿Qué es el CSRD y qué empresas están obligadas en España?
El CSRD (Directiva UE 2022/2464) obliga a publicar información de sostenibilidad conforme a los ESRS. En España, las obligaciones se incorporan de forma escalonada: ejercicio 2024 (grandes empresas ya sujetas a la NFRD, más de 500 empleados); ejercicio 2025 (grandes empresas no sujetas a la NFRD, más de 250 empleados o más de 40 M€ de cifra de negocios o más de 20 M€ de activos); ejercicio 2026 (PYME cotizadas, excepto microempresas); ejercicio 2028 (empresas de países terceros con facturación en la UE superior a 150 M€).
¿Qué diferencia hay entre el CSRD y la Ley 11/2018 sobre información no financiera?
La Ley 11/2018 exige el Estado de Información No Financiera (EINF) a empresas con más de 500 empleados conforme a la NFRD. El CSRD amplía el ámbito a empresas con más de 250 empleados, introduce los ESRS como estándares de reporting obligatorios, exige doble materialidad e impone verificación externa obligatoria. El CSRD sustituirá a la Ley 11/2018 progresivamente conforme a su calendario de aplicación.
¿Cómo afecta la Taxonomía Verde (Reglamento UE 2020/852) a las empresas españolas?
Las empresas sujetas al CSRD deben informar sobre el porcentaje de cifra de negocios, CapEx y OpEx alineados con los seis objetivos medioambientales de la Taxonomía Verde y con el principio DNSH (Do No Significant Harm). La Taxonomía condiciona también el acceso a financiación sostenible: bonos verdes, préstamos ESG y fondos de inversión etiquetados como sostenibles deben acreditar su alineación con los Criterios Técnicos de Selección (CTS).
¿Qué sanciones puede haber por incumplimiento del CSRD o de la Ley 11/2018?
La Ley 11/2018 establece que la omisión del EINF impide la distribución de dividendos. El CSRD traslada a los Estados miembros el diseño del régimen sancionador, que en España deberá incorporarse en la norma de transposición: otras jurisdicciones europeas fijan multas de hasta el 5% del volumen de negocio anual. Las alegaciones ESG no respaldadas por datos verificados pueden constituir greenwashing con consecuencias ante la CNMV y la Comisión Europea.
